¿Sabes cómo recuperar el canon digital en 2019? Es posible solicitar y reclamar gratis la devolución del canon digital abonado por la compra de ordenadores, discos duros, MP3/MP4 memorias USB, smartphones, tabletas, soportes y similares si se destinan a un uso profesional en pocos pasos y por Internet (y gratis).
¿Sabes cómo reclamar el canon digital cobrado por las entidades de gestión? Aquí se explica paso a paso el proceso.
Con la normativa actual, con prácticamente todos aparatos, dispositivos y soportes electrónicos adquiridos con capacidad de almacenamiento o impresión (PCs, smartphones, teléfonos no-inteligentes, memorias USB, CDs, DVDs, discos duros -incluso SSD-, etc.) se debe pagar un canon digital de diferentes importes (además del precio del producto y del correspondiente IVA) que se destina a las entidades de gestión de derechos de autor a modo de compensación por la copia privada.
A modo de ejemplo totalmente real, un disco duro SSD con un coste 21,82 € + 21 % IVA (de 240 GB) tiene un canon de 5,45 € + IVA, que encarece el producto casi un 25 %. En caso de otros discos de mayor capacidad, el canon mantiene el importe, por lo que no incluye tanto porcentualmente hablando, pero no es un coste despreciable.
El tema viene ya de largo. Ya en el año 2004 escribía este artículo sobre la copia de música privada.
Según la normativa y, en concreto, el Real Decreto-ley 12/2017 que introduce en la regulación de la compensación equitativa un sistema de reembolso adaptado a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, se permite un sistema para obtener un reembolso «ex post» que es de aplicación en todos los casos no exceptuados en los que el consumidor final, habiendo abonado la compensación equitativa, justifique el derecho a su reembolso por estar incurso en causa de exoneración o por destinar el equipo, aparato o soporte material de preproducción adquirido a un uso exclusivamente profesional o a su exportación o entrega intracomunitaria.
Para poder solicitar la devolución del canon digital de manera eficiente y obtener información relacionada, hay una web, http://ventanillaunica.digital, que se constituye en la sede electrónica creada por las entidades de gestión de derechos de propiedad intelectual para este fin.
El cometido de esta ventanilla única digital es informar, coordinar y permitir la ejecución de todos los trámites necesarios para llevar a cabo la gestión de la compensación equitativa por copia privada.
En la web indican además datos de utilidad, como por ejemplo el listado de aparatos, equipos y soportes sujetos a copia privada e importes asociados, cuándo se fijan los plazos para presentar las declaraciones, en qué casos se permiten excepciones, tal y como se explicará a continuación, así como la legislación relacionada tanto española como europea.
En esta tabla al final del artículo se pueden ver algunos importes según el equipo. El canon digital total es la suma de los correspondientes a la parte audiovisual, a la de audio y a la de reprografía.
En concreto, el artículo 25.8 indica que:
Articulo 25.8
Aquellas personas jurídicas o físicas no exceptuadas del pago de la compensación podrán solicitar el reembolso de esta cuando:
No se admitirán solicitudes de reembolso por importe inferior a veinticinco euros. No obstante, si la solicitud de reembolso acumula la compensación equitativa abonada por la adquisición de equipos, aparatos y soportes materiales realizada en un ejercicio anual, correspondientes a varias facturas de adquisición, se admitirán aun cuando no alcancen los veinticinco euros.
El Real Decreto 1398/18 desarrolla el artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual, regulando el procedimiento para hacer efectivo el reembolso del pago de la compensación equitativa previstos en el artículo 25, apartado 8 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
Artículo 11. Procedimiento de reembolso del pago de la compensación
1.º Que el destino dado a los equipos, aparatos o soportes materiales adquiridos es exclusivamente profesional y manifiestamente distinto a la realización de copias privadas.
2.º Que no ha puesto dichos equipos, aparatos y soportes materiales, ni de hecho ni de derecho, a disposición de usuarios privados.
3.º Que se someterá a las facultades de control reconocidas a la persona jurídica por el artículo 25.11 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
1.º Que los equipos, aparatos o soportes materiales que su empleador les facilita para el desarrollo de sus funciones profesionales deben utilizarse exclusivamente para tal finalidad.
2.º Que no está permitido el uso para fines privados de los citados equipos, aparatos o soportes materiales.
En general, hay que tener claro que podrán solicitar el reembolso aquellas personas jurídicas o físicas que actúen como consumidores finales y justificando el destino exclusivamente profesional del equipo, aparato o soporte material de reproducción adquirido, y siempre que estos no se hayan puesto, de derecho o de hecho, a disposición de usuarios privados y que estén manifiestamente reservados a usos distintos a la realización de copias privadas.
Para solicitar la solicitud de reembolso, se debe acceder a la Ventanilla única digital donde hay manuales a modo de guía para el portal de liquidaciones y la guía para usuarios del portal de reembolsos (este es el que interesa para solicitar la devolución del canon digital).
El proceso completo está explicado en vídeo sobre cómo obtener el reembolso del canon digital, pero también con texto e imágenes paso a paso.
Tal y como explican en la web de la Ventanilla única digital, hay que:
El contenido Declaración jurada para el reembolso del canon digital es:
D./Dª. [ ], con DNI número [ ] y domicilio, a estos efectos en [ ], actuando en su condición de [ ],de la sociedad [ ], constituida en virtud de [ ], con domicilio social en [ ], y NIF número [ ],
Declara bajo su responsabilidad:
1º) Que los equipos, aparatos y soportes materiales adquiridos por esta sociedad tienen un destino exclusivamente profesional.
2º) Que los equipos, aparatos y soportes materiales adquiridos por esta sociedad no se ponen, de derecho o de hecho, a disposición de usuarios privados.
3º) Que los equipos, aparatos y soportes materiales adquiridos están manifiestamente reservados a usos distintos a la realización de copias privadas, y que los equipos puestos, de derecho o de hecho, a disposición de empleadas/os en ningún caso tendrán usos distintos al exclusivamente profesional a cuyo efecto esta sociedad ha adoptado las medidas de aseguramiento consistentes en [ ].
4º) Que los equipos, aparatos y soportes puestos, de derecho o, de hecho, a disposición de empleadas/os tampoco tendrán usos profesionales que requieran una licencia para la reproducción de cualquier tipo de obra protegidas.
Que la sociedad ha adoptado unas normas de uso que han sido comunicadas a todo su personal y consisten en [ ]. Que la sociedad ha establecido sistemas de control y supervisión del uso que sus empleados y personal externo realiza de los equipos, aparatos y soportes puestos a disposición que consisten en [ ].
5º) Que la EMPRESA pone a disposición de la persona jurídica prevista en el artículo 25.10 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, bajo su facultad de comprobación, todos los equipos, aparatos y soportes puestos, de derecho o, de hecho, a disposición de empleadas/os.
En todo caso, el desarrollo de dicha comprobación será realizado de manera que se garantice el secreto empresarial, la confidencialidad y la seguridad informática de EMPRESA.
6º) Ha adquirido para el uso en ámbito profesional, cuando así es requerido, la licencia para la reproducción de cualquier tipo de obras protegidas.
En razón de lo expuesto, solicita a la persona jurídica prevista en el artículo 25.10 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual que realice el reembolso de la compensación equitativa por copia privada en virtud del artículo 25.8 de la mencionada Ley.
En virtud de la presente solicitud, la sociedad [ ] presta su consentimiento a:
1º) La realización por la persona jurídica prevista en el artículo 25.10 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de las investigaciones necesarias para la comprobación de la concurrencia de los requisitos exigidos al solicitante de reembolso del artículo 25.8 de la mencionada Ley, incluida la solicitud de la información precisa encaminada a esa finalidad.
2º) La inclusión de sus datos en la bases de datos de personas físicas y jurídicas exceptuadas creada por la persona jurídica prevista en el artículo 25.10 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, creada con la finalidad exclusiva de gestionar la compensación equitativa por copia privada en los términos legalmente previstos.
En [ ], a [ ] de [ ] de 20 .
Se deben adjuntar además en el caso de las personas jurídicas el NIF de la sociedad y la copia de la(s) factura(s) de compra de los equipos, aparatos o soportes materiales adquiridos para los que solicita el reembolso.
En el caso de las personas físicas, se debe adjuntar una copia del DNI-NIE de la persona física en cuestión, el documento de alta de actividad, el último recibo pagado del RETA y, por supuesto, la copia de la(s) factura(s) de compra de los equipos, aparatos o soportes materiales adquiridos para los que solicita el reembolso.
La web comprueba la solicitud y en caso de detectar algún problema, cambia el estado de la misma a “Enviado incorrecto” y hay que volver al listado de reembolsos en curso y reabrir la petición.
Si toda la información es correcta, el estado, el estado del reembolso cambiará al estado “Enviado” y pasará a su procesado por parte de la entidad de gestión. Los siguientes pasos se notifican por correo electrónico y el estado actual se puede ver en todo momento en el apartado correspondiente al listado de reembolsos enviados.
En esta tabla se pueden ver los importes del canon digital por tipo de dispositivo con un ejemplo de cada uno:
Descripción del Equipo | Ejemplos | Total canon digital |
Audio Casette | Casette | 0,00 € |
MiniDisc | MiniDisc | 0,08 € |
CD-R | CD 700 MB | 0,08 € |
CD-RW | CD RW 700 MB | 0,10 € |
MemoryCards <2GB | (SD, MicroSD) < 2GB | 0,24 € |
MemoryCards 2GB-4GB | (SD, MicroSD) 2GB-4GB | 0,24 € |
MemoryCards 4GB -8GB | (SD, MicroSD) 4GB-8GB | 0,24 € |
MemoryCards >8GB | (SD, MicroSD) >8GB | 0,24 € |
VHS 110% | CINTA VHS 110% | 0,00 € |
VHS 240 | CINTA VHS 240 | 0,00 € |
DVD-R 4,7GB | DVD R 4,7GB | 0,21 € |
DVD-RW 4,7GB | DVD RW 4,7GB | 0,28 € |
DVD-DL 25GB | DVD DL 25GB | 0,21 € |
Blu-Ray 25GB | Blu-Ray | 0,21 € |
Reproductor MP3 <512MB | MP3 512 | 3,15 € |
Reproductor MP3 <1GB | MP3 1GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 1GB- 2GB | MP3 2GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 2GB- 4GB | MP3 4GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 4GB- 8GB | MP3 8GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 8GB-16GB | MP3 16GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 16GB-32GB | MP3 32GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 32GB-64GB | MP3 64GB | 3,15 € |
Reproductor MP3 >-64GB | MP3 128GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 < 2GB | MP4 2GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 2GB- 4GB | MP4 4GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 4GB- 8GB | MP4 8GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 8GB-16GB | MP4 16GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 16GB-32GB | MP4 32GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 32GB-64GB | MP4 64GB | 3,15 € |
Reproductor MP4 >-64GB | MP4 128GB | 3,15 € |
Disco no integrado >120GB | Discos duros o SSD externos | 6,45 € |
Disco no integrado 120GB – 320GB | Discos duros o SSD externos | 6,45 € |
Disco no integrado 320GB – 500GB | Discos duros o SSD externos | 6,45 € |
Disco no integrado 500GB – 1TB | Discos duros o SSD externos | 6,45 € |
Disco no integrado > 1TB | Discos duros o SSD externos | 6,45 € |
Grabador PC CD | Grabadora ordenados | 0,33 € |
Grabador salón CD | Grabador salón | 0,33 € |
Grabador PC DVD | Grabadora ordenados | 1,86 € |
Grabador salón DVD | Grabador salón | 1,86 € |
Set-Top Box | Grabador Video Digital | 0,00 € |
Disco Multimedia <250 GB | Disco duro o SSD Multimedia | 6,45 € |
Disco Multimedia <500GB | Disco duro o SSD Multimedia | 6,45 € |
Disco Multimedia <750 GB | Disco duro o SSD Multimedia | 6,45 € |
Disco Multimedia <1TB | Disco duro Multimedia | 6,45 € |
Disco Multimedia >1TB | Disco duro Multimedia | 6,45 € |
Llave USB <1GB | Llave USB | 0,24 € |
Llave USB <4GB | Llave USB | 0,24 € |
Llave USB <8GB | Llave USB | 0,24 € |
Llave USB <16GB | Llave USB | 0,24 € |
Llave USB <32GB | Llave USB | 0,24 € |
Llave USB >32GB | Llave USB | 0,24 € |
Teléfonos móviles no inteligentes | Teléfono móvil | 1,10 € |
Smart Phone >2GB | Smartphone | 1,10 € |
Smart Phone 2GB – 16GB | Smartphone | 1,10 € |
Smart Phone 16GB- 32GB | Smartphone | 1,10 € |
Smart Phone 32GB-64GB | Smartphone | 1,10 € |
Smart Phone 64GB-128GB | Smartphone | 1,10 € |
Smart Phone >128GB | Smartphone | 1,10 € |
Libro electrónico (reproducción libros, audio, video) | Ebook | 3,15 € |
Tableta <2GB | Tableta | 3,15 € |
Tableta 2GB – 16GB | Tableta | 3,15 € |
Tableta 16GB – 32GB | Tableta | 3,15 € |
Tableta 32GB-64GB | Tableta | 3,15 € |
Tableta 64GB-128GB | Tableta | 3,15 € |
Tableta >128GB | Tableta | 3,15 € |
Ordenador con disco integrado <250GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador con disco integrado <500GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador con disco integrado <750GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador con disco integrado >750GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador portátil con disco integrado <250GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador portátil con disco integrado <500GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador portátil con disco integrado <750GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Ordenador portátil con disco integrado >750GB | Ordenador personal | 5,45 € |
Disco duro integrado <250GB | Discos duros integrados vendidos por separado de un ordenador | 5,45 € |
Disco duro integrado <500GB | Discos duros integrados vendidos por separado de un ordenador | 5,45 € |
Disco duro integrado <750GB | Discos duros integrados vendidos por separado de un ordenador | 5,45 € |
Disco duro integrado >750GB | Discos duros integrados vendidos por separado de un ordenador | 5,45 € |
TV con disco integrado | TV con disco duro | 5,45 € |
Copiadora monofuncional 1-39 ppm | Copiadora | 4,50 € |
Copiadoras blanco y negro 1-9 páginas por mínuto | Copiadora | 4,50 € |
Copiadoras blanco y negro 10 -19 páginas por mínuto | Copiadora | 4,50 € |
Copiadoras blanco y negro 20 -39 páginas por mínuto | Copiadora | 4,50 € |
Copiadoras color 1 -39 páginas por mínuto | Copiadora | 4,50 € |
Copiadoras color de más de 39 páginas por mínuto | Copiadora | 4,50 € |
Escáner monofuncional de 1- 39 ppm | Escáner | 4,50 € |
Escaner de 13 a 39 páginas por minuto | Escáner | 4,50 € |
Escaner de 1 a 12 páginas por minuto | Escáner | 4,50 € |
Escaneres de mano | Escáner | 4,50 € |
Máquina de fax con escaner | Multifuncional | 5,25 € |
Máquina de fax con impresión | Multifuncional | 5,25 € |
Impresora monofuncional 1 – 39 ppm | Impresora | 4,50 € |
Impresoras tinta | Impresora | 4,50 € |
Impresoras laser | Impresora | 4,50 € |
Multifuncionales de inyección para impresión, copia y escaneo | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncionales láser para impresión, copia y escaneo | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional de 1-9 páginas por mínuto tinta | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional de 1-9 páginas por mínuto laser | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional de 10 -19 páginas por mínuto tinta | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional de 10 -19 páginas por mínuto laser | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional 20 -39 páginas por mínuto tinta | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional 20-39 páginas por mínuto laser | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional de más de 39 páginas por mínuto tinta | Multifuncional | 5,25 € |
Multifuncional de más de 39 páginas por mínuto laser | Multifuncional | 5,25 € |
Tal y como se puede comprobar, es relativamente sencillo reclamar y obtener el reembolso del dinero pagado por el canon digital.
Espectacular post!!!! Me has dejado con la boca abierta. Sabía que se podía reclamar el canon pero que era un coñazo mandando cartas arriba y abajo. Así es facilísimo. Tengo una empresa y nos gastamos en discos duros y memorias usb una pasta además de en ordenadores para cad. Mañana mismo lo reclamamos todo es raro que no haya más información de esto si está en vigor desde enero.
Muuuuuuuuuucjas gracias. Nos has permitido recuperar cientos de euros o quizá más al año y eso hoy en día no viene nunca mal. Genial el blog. Habría que inventarte si no existiese jajajajjaja.
Voy a mandar tu artículo a todos mis amigos.
Un abrazo
Emilio.
Muchas gracias, Emilio :-)
Muy bueno. Gracias. Te superas semana a semana.
Esto intento. Gracias por el comentario, Fran.
Acabo de verlo en LinkedIn. ¡Buenísimo! Como dicen en un comentario anterior habría que inventarte si no existieses Christian. No me podía creer que esto fuese cierto, pero veo que sí es oficial. Me pregunto aunque sé la respuesta por qué no se difunde más o han aparecido noticas en otros medios pero supongo que son intereses porqyue cuantos menos lo sepamos menos dinero tendrán que devolver. Seguro que en breve como pasó ya en el pasado otros blogs grandes acaban copiándote el post descaradamente pero algunos sabemos que tú fuiste el primero.
Acabo de mandar por mail al responsable de informática tu post para que pida la devolución de todo el dinero de discos duros externos y portátiles porque en la empresa los consumimos como churros.
Un fuerte abrazo.
Estupendo, Juan. Gracias por el comentario y sí, es curioso que no haya más información del tema y por eso lo he documentado yo. Saludos.
Panda de Ladrones los de la SGAE. No sé porque tengo que pagar un canon cuando en el pc solo guardo fotos y vídeos personales de mi familia y nietos y soy usuario de SPOTIFY premium. Y tengo cientos de CDs originales que son los que que escucho. Tiene que haber algo más justo justo para arreglar esto. Menos mal que las empresas al menos cómo explicas y administraciones públicas pueden perro que se devuelva el canon digital porque me niego a pagar por ello como contribuyente. Muy buen artículo. Te felicito.
Hola, Juan. Gracias por el comentario pero disiento en la parte inicial. Hace muchos años que se intente encontrar una solución al problema de la copia privada y los medios digitales. Cómo puedes ver en el texto, ya en el año 2004 escribo un artículo sobre el tema y sigue su solución definitiva. El canon digital es la medida que por el momento parece más consensuada aunque no sea la ideal. Sí que es mejor que ahora las empresas, administraciones y profesionales podamos recuperar ese canon digital y reembolsar el importe pagado.
Saludos
Gracias por el artículo, la verdad es que desconocía que se pudiera solicitar la devolución de este canon en ciertos casos. Es un tema (el del canon) que ya vertió ríos de tinta en su momento y que en mi opinión ha consistido en hacer culpables a todos y luego que cada uno tenga que demostrar su inocencia, lo cual va contra cualquiera presunción de inocencia, que creo que es una de las bases del Derecho. Pero bueno, ya es llover sobre mojado. Saludos.
Gracias por el comentario, Scherzo. En efecto, es un tema como indico en el artículo que tiene sus años, pero la novedad en este caso es que han hecho más sencillo abonar el canon digital a las empresas, que ya es algo.
Saludos.
Genial. Gracias por la información. Me he quedado con la boca abierta. Fantástico artículo!!!
Horrible las trabas que hacen. Wow por ese artículo. Cuanta paciencia. Cuanta burocracia. Wow!
Al menos ahora son por Internet… Antes era incluso peor…
Muchas gracias, Pepe ;)
Hola muchas gracias ya habilite mi cuenta pero me sale para comentario para» habilitar mi cuenta permanente» ya puse un comentario pero me sale error intente mas tarde que debo hacer?
Muchas gracias
No entiendo…
¿Y para 1,33€ que me tienen que devolver tanto follón? Ya podrían ponerlo más fácil.
Ya…
Buenas tardes:
Leo que es para empresas. ¿Y como particular que paga un pastizal igualmente en cada aparato que compras como una empresa no se puede reclamar?
No. Supuestamente es para compensar por las copias privadas, por lo que solo lo pueden reclamar las empresas.
Buenos días Christian, tengo un montón de facturas de artículos comprados con canon del cual ahora debo reclamar devolución ya que vendemos fuera de España…el problema es que son muuuuchas las facturas y los artículos que hay que subir a la web… sabes por casualidad si hay forma de crear un documento con toda la información que piden, tipo Excel… para no tener que ir factura por factura?
Muchas gracias.
Por otro lado, aprovecho para preguntar si alguien ha cumplimentado la declaración jurada que hay que adjuntar firmada digitalmente, qué se debe poner en la zona de los espacios pq no acabo de entender lo que piden….
» 3º) Que los equipos, aparatos y soportes materiales adquiridos están manifiestamente reservados a usos distintos a la realización de copias privadas, y que los equipos puestos, de derecho o de hecho, a disposición de empleadas/os en ningún caso tendrán usos distintos al exclusivamente profesional a cuyo efecto esta sociedad ha adoptado las medidas de aseguramiento consistentes en [ ].
4º) Que los equipos, aparatos y soportes puestos, de derecho o, de hecho, a disposición de empleadas/os tampoco tendrán usos profesionales que requieran una licencia para la reproducción de cualquier tipo de obra protegidas.
Que la sociedad ha adoptado unas normas de uso que han sido comunicadas a todo su personal y consisten en [ ]. Que la sociedad ha establecido sistemas de control y supervisión del uso que sus empleados y personal externo realiza de los equipos, aparatos y soportes puestos a disposición que consisten en [ ]. »
Muchas gracias de antemano.
Un saludo.
Buenos días Christian, muchas gracias por la información.Tenemos una empresa de informática que compro muchos productos que llevan el Canon localmente de España y los vendemos casi todos fuera de España no sé si hay una forma más rápida para pedir la devolución del canon.Del momento nos ingresan el canon cada trimestre pero siempre hay un retraso el problema es que el valor sigue subiendo lo que está comiendo todos los fundos de la empresa
Un cordial Saludo
Lo del canon me parece un atraco por parte de la SGAE, Te cobran una tasa porque con el producto que estas adquiriendo puedes cometer el delito de hacer copias ilegales, y digo yo, ¿El pago de esa tasa ya te permite el hacer las copias ilegales que quieras? si la respuesta es NO, entonces no entiendo lo del cobro de la tasa. Es como ponerle otro canon a la venta de cuchillos porque con ellos puedes asesinar a una persona…